Derecho a morir dignamente

La eutanasia fue regulada por primera vez en el Estado español en el Código Penal de 1995. En su artículo 143 se establecen "sanciones por delitos de inducción y cooperación" a la muerte de otra persona, y se considera un atenuante "la petición expresa e inequívoca de las víctimas que sufran padecimientos permanentes y difíciles de soportar, o enfermedad grave que conduciría necesariamente a la muerte".

Dos años más tarde, en 1997, los estados miembros del Consejo de Europa firman el Convenio de Oviedo que, teóricamente, da paso a un nuevo paradigma de relaciones clínicas entre profesionales médicos y pacientes basadas en el diálogo, la información, el respeto mutuo, que parecen reconocer la autonomía de las personas que padecen y sufren enfermedad, dejando atrás un cierto paternalismo médico. Sin embargo, el reflejo de estas consideraciones, tanto en la praxis médica como en la ley vigente, resulta ambiguo. Así, queda en manos del criterio del personal profesional y no de las personas o de las familias que quieren acogerse al derecho a morir dignamente, como denuncian las asociaciones que luchan por este reconocimiento.

La muerte es un tema muy presente en el ámbito médico; sin embargo, cuando se trata de la muerte solicitada por quien padece, persiste el tabú entre sus profesionales. Es sabido que se producen eutanasias clandestinas, mediante suministro de una inyección letal. Pero el profesional médico que accede a practicar la eutanasia lo suele hacer al amparo del silencio de la relación profesional con su paciente, ya que se expone a ser sancionado con penas señaladas en el Código Penal, al igual que en otros países donde la eutanasia también es delito.

Por otro lado, está la opción de elaborar un testamento vital. Esto no permite optar por la eutanasia, en ningún caso, pero permite anticipar el tipo de cuidados y de tratamiento que a cada persona le gustaría recibir si llegase un momento en el que no pudiera expresarse. Además de un ejercicio de libertad, representa también un acto de responsabilidad con quienes nos rodean; las decisiones a tomar en momentos críticos son demasiado duras como para dejarse en manos de otras personas. Gracias a las luchas de diversos colectivos y organizaciones, podemos manifestar por escrito nuestras decisiones sobre qué tratamiento seguir, hasta dónde arriesgar en una operación o hasta cuándo mantener los medios que asisten artificialmente a la vida. Siempre, dentro del marco de la legislación vigente, pero pudiendo incluir algunas prácticas no reconocidas, por si, llegado el momento, hubiera cambiado el marco legal.

El debate que está teniendo lugar en las sociedades democráticas del siglo XXI no se limita a la eutanasia; ni a los requisitos exigidos, como quién entra dentro o se queda fuera de la norma; ni siquiera sobre las garantías que aseguren un hipotético abuso de su práctica. El debate trata sobre la disponibilidad de la propia vida. Es aquí cuando chocan dos cosmovisiones, una que considera que la vida es un don indisponible y otra que afirma, con la misma rotundidad, que cada persona es dueña de su propia vida. Dos planteamientos respetables, siempre y cuando se tolere la libertad de conciencia de cada individuo y no se traten de imponer a nadie a la fuerza. Desde este planteamiento, penalizar la disponibilidad de la propia vida en circunstancias en las que la persona requiere la ayuda de un profesional de la salud, porque se encuentra en una situación de enorme vulnerabilidad y sufrimiento a causa de la enfermedad, es considerado una contradicción y una imposición inaceptable en una sociedad democrática cuyo fundamento es la libertad de la persona.

Las organizaciones que trabajan por la conquista del derecho a morir denuncian que existe una asimetría moral entre ambas posturas. Según estas organizaciones, resulta una obviedad que la muerte voluntaria no puede ser impuesta. Sin embargo, las personas que creen en la santidad de la vida, en nombre de sus valores particulares, tratan de impedir la libertad de elegir de todas las demás. Quienes reivindican la gestión de la propia vida hasta el final reclaman el derecho a decidir no solo sobre la eutanasia, sino cuándo y cómo morir, haciéndose protagonistas de su vida hasta el final, apropiándose incluso de su muerte. Por ello, exigen la urgencia de que el marco legal ampare a la ciudadanía que desea ser libre de decidir en su vida, también acerca de su propia muerte.

Film: Miel

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