Película: Lutxi eta zuhaitza

En el año 2005, la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas aprobó un conjunto de principios para la protección de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad, entendida esta como una infracción de las obligaciones del Estado de investigar violaciones y adoptar medidas respecto a sus autores.

Tomando como referencia este marco del derecho internacional, Euskadi cuenta con la Ley 12/2016, de 28 de julio, de reconocimiento y reparación de víctimas de vulneraciones de derechos humanos en el contexto de la violencia de motivación política.

Esta ley creó una Comisión de Valoración que, en los cinco informes que ha presentado, confirma 238 víctimas (en el marco temporal 1978-1999). En uno de los informes (2024), especifica que 9 víctimas recibieron impactos de bala por parte de miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o grupos parapoliciales, 6 de ellas con resultado de muerte. Son casos como el de Lucía Urigoitia, fallecida en 1987 por un disparo a corta distancia en un presunto enfrentamiento con la Guardia Civil.

Los tres aspectos fundamentales de la lucha contra la impunidad son la verdad, la justicia y la reparación. Respecto al derecho a la verdad, en su dimensión individual, la Comisión de Derechos Humanos de la ONU ha subrayado la necesidad de reconocer el derecho que asiste a las víctimas de violaciones manifiestas de los derechos humanos, así como a sus familias, de conocer la identidad de los autores, las causas y las circunstancias.

Pero el derecho a la verdad tiene también una dimensión colectiva (la memoria colectiva) que solo cabe construir desde el consenso sobre la obligación de combatir la impunidad.